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CONDUCIR SIN SEGURO

 

 

CONDUCIR SIN SEGURO

Hasta 3.005 euros: la multa que espera a millones de conductores

Circular sin seguro, además de estar fuertemente sancionado, alarga en el tiempo las indemnizaciones a terceros en caso de accidente.

La legislación española es muy clara a este respecto: el artículo primero de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor exige contratar un seguro a cualquier ciudadano que disponga de un automóvil en España.

Es fundamental que todos los conductores contraten un seguro que, como mínimo, cubra los daños que ocasione a terceros, ya sean personas o vehículos.

Esta ley, por otra parte, no discrimina entre los vehículos que están parados por un tiempo indefinido y los que se encuentran circulando regularmente. Todos deben contar con un seguro.

Vehículos sin seguro

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), con datos de 2021, en España hay en circulación 37.046.864 vehículos, de los cuales casi 25 millones son coches. Y un estudio realizado  en 2021 añade que unos 2.600.000 vehículos no cuentan con el seguro obligatorio, casi el 8% del parque móvil.

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“Es muy complicado saber cuántos de los 2,6 millones de coches sin seguro que, oficialmente, existen en España están circulando. Pero, en cualquier caso, se trata de un incumplimiento normativo, ya que se utilicen o no, los vehículos deben estar asegurados en todo momento”.

 

Si un conductor sin seguro causara un accidente, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) tendría que hacerse cargo de los daños materiales y personales causados a terceros. La cobertura existe, pero otra cosa es la dilatación en el tiempo de las indemnizaciones.

En el otro lado de la balanza se encuentra Unespa, la patronal de las compañías aseguradoras, que observa una disparidad muy grande en las cifras de vehículos sin asegurar. Para ellos, el único dato fiable es el de los pagos del CCS por los accidentes causados por los vehículos sin póliza. En su opinión, dicha cuantía no se corresponde con el coste de los accidentes que pueden causar más de 2,6 millones de vehículos.

Multas por circular sin seguro

El estudio también señala que cada año se imponen 130.000 multas por circular sin tener seguro obligatorio, y que en la última década se han producido 300.000 accidentes con vehículos sin asegurar, siniestros que, además, son más graves, ya que la posibilidad de lesión se multiplica por 2,4.

 

Esta cifra concuerda con el importe que tienen que pagar anualmente las aseguradoras. En el año 2020, según datos de UNESPA, se pagaron 4.959 millones de euros por responsabilidad civil del seguro del automóvil y casi 3.000 millones de euros en indemnizaciones por daños personales a víctimas de accidentes de tráfico.

 

Por eso, circular sin seguro es una acción crítica para toda la sociedad. Además, la multa a la que se somete cualquier conductor por circular sin la preceptiva póliza es una de las más elevadas, tal y como dispone la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor (RD 8/2004).

 

Sanciones económicas

No disponer de un seguro que cubra la responsabilidad civil obligatoria conlleva una sanción pecuniaria que va desde los 601 a 3.005 euros de multa. El margen está marcado en función de si el coche está en circulación o parado, el tiempo que lleva sin seguro y las veces que se ha sancionado al propietario reincidiendo en esta infracción.

 

Además del castigo económico, los agentes de la autoridad pueden inmovilizar el vehículo y llevarlo a un depósito municipal. Todos estos gastos correrán a cargo del propietario.

 

Para tener una idea aproximada de la sanción por conducir sin seguro, la media de las multas dependiendo del vehículo son:

 

Vehículos pesados: 2.800 euros

Turismos: 1.500 euros

Motocicleta: 1.250 euros

Ciclomotor: 1.000 euros

NOTICIA PUBLICADA POR – ELMOTOR EL PAIS-

 

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Preguntas frecuentes

¿Hasta qué edad puedo contratar este seguro?

Puedes contratar desde los 14 años hasta los 70 años la garantía de fallecimiento y hasta los 64 las coberturas complementarias.

 

¿Y renovarlo?

En el producto Liberty Vida, puedes renovar la garantía de fallecimiento hasta los 80 años y la garantía de invalidez hasta los 65 años.

 

¿Puedo nombrar beneficiario a quien quiera?

Sí, el capital garantizado se abonará a la persona que tú elijas. No tienen por qué ser tus herederos legales. Además, si la prestación se recibe en forma de capital como consecuencia del fallecimiento del asegurado y los beneficiarios son hijos, cónyuge o ascendentes, pueden acogerse a importantes reducciones de la base imponible presentando declaración del Impuesto sobre Sucesiones.

 

¿Tengo que hacerme un reconocimiento médico para contratar Liberty Vida?

En la mayor parte de los casos, con un pequeño cuestionario de salud es suficiente. Es cómodo y muy fácil de rellenar.

 

¿Cómo puedo saber si un familiar fallecido tenía un seguro de Vida?

Puedes consultarlo en el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento de las siguientes maneras:

¿Qué son las “coberturas opcionales”?

Son coberturas adicionales a la entrega del capital de fallecimiento. Por un coste muy bajo, aumentan las prestaciones de tu seguro con garantías diferentes al fallecimiento o con un aumento en los capitales cubiertos.

 

¿Se modifican los capitales o garantías cubiertos por este seguro?

No se modifican automáticamente pero si deseas hacerlo, sólo necesitas ponerte en contacto con tu mediador. 

 

Cuando me pagan el siniestro, ¿la póliza continúa en vigor?

Una vez abonada la prestación o el capital, la póliza se cancela (salvo la garantía de enfermedades graves, que continúa en vigor).

¿Qué modalidad elijo?

En tu seguro de vida puedes elegir entre:

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Desde el equipo que formanos Roberto & Iñaki os queremos agradecer y dar las gracias a todos los clientes que nos habéis visitado, gracias a todas las personas que han estado por nuestro stand y han participado en el sorteo.

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